¿Qué es el sistema Semi integrado?
El sistema semi integrado es un régimen de tributación general que establece que los dueños de las empresas deben tributar sobre la base de los retiros efectivos de utilidad que realizan desde éstas. Sin embargo, y a diferencia del régimen de renta atribuida, los socios, accionistas o comuneros tendrán derecho a imputar como crédito un 65% del impuesto de Primera Categoría pagado por la empresa respectiva.
- El régimen semi integrado, comienza a regir a contar del 1 de enero de 2017. Por lo tanto, afecta a las rentas obtenidas a contar de esa fecha.
Todos los contribuyentes de Primera Categoría pueden acogerse al sistema semi integrado.
Quedan excluidos aquellos contribuyentes que no obstante obtener rentas afecta al Impuesto de Primera Categoría carecen de un vínculo directo o indirecto con personas que tengan la calidad de propietarios, comuneros, socios o accionistas. Es el caso de Corporaciones y Fundaciones y de empresas en que el Estado tenga el 100% de su propiedad.
Este sistema es obligatorio para:
- Sociedades anónimas abiertas o cerradas
- Sociedades en comandita por acciones
- Y, en general, aquellos contribuyentes en los cuales al menos uno de sus propietarios, comuneros, socios o accionistas no sean personas naturales con domicilio o residencia en el país y/o contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile
- Los contribuyentes que han iniciado actividades antes del 1 de junio de 2016 pueden acogerse desde el 1 de junio hasta el 31 de diciembre de 2016.
- En este regimen deben llevar registros como: Rentas Afectas a Impuestos Global
Complementario o Adicional (RAI).
Diferencias entre la depreciación normal y
acelerada (FUF).
Registro de rentas exentas e ingresos no
constitutivos de renta (REX).
Saldo acumulado de créditos (SAC).
- Este tipo de empresas deben pagar Impuesto de Primera Categoría con tasa de 25,5% durante el año comercial 2017 y con tasa de 27% a partir del año comercial 2018 en adelante.

