Ley de OPAs

11.09.2017

El 20 de diciembre del año 2000 se publicó en el Diario Oficial la Ley 19.705 que "Regula las Ofertas Públicas de Adquisición de Acciones (OPAs) y establece Régimen de Gobiernos Corporativos". En esta reforma se establecieron los lineamientos centrales para los procesos de tomas de control, creándose el mecanismo de OPAs. Adicionalmente se introdujeron diversos cambios a la legislación del mercado de valores, sociedades anónimas y fondos mutuos y de inversión, con el fin de incorporar normas que mejoraran el marco de los gobiernos corporativos de las sociedades anónimas abiertas y de introducir reformas modernizadoras en el mercado de capitales chileno en general.

En los términos de la nueva regulación, una OPA es una oferta de compra de las acciones de sociedades anónimas registradas que hagan oferta pública de dichas acciones o valores convertibles en ellas. La OPA ofrece a los accionistas de las sociedades adquirir sus títulos en condiciones que permitan al oferente alcanzar un cierto porcentaje de la sociedad en un plazo determinado. La legislación contempla que quien pretenda llevar a cabo una OPA debe individualizarse e indicar, entre otros apectos lo siguiente:

  •  El porcentaje de las acciones que se pretende adquirir para que dicha OPA se considere exitosa.
  •  El precio a pagar por dichas acciones (se debe ofrecer el mismo precio a cada uno de los accionistas).
  •  La vigencia de la oferta (la cual no debe ser inferior a 20 días ni superior a 30 días).

Entre sus principales disposiciones la ley incluye:

  • Obligatoriedad de efectuar una oferta pública de adquisición de acciones frente a compras significativas o intención de tomar control.
  • Constitución de garantía de seriedad de la oferta pública.
  • Condiciones similares para las diferentes series de acciones que no tienen diferencias económicas sino de control.
  • Amplia entrega de información a los accionistas y al público interesado en invertir.

  • Normas que regulan la transparencia de la negociación ante posibles conflictos de interés entre el personal de administración o de los mayoritarios y el interés social.
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